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¿Dónde se encuentran
los Franciscanos seglares, la JUFRA y los Asistentes? Conferencia pronunciada en Kosljun, Croacia, el 13 de septiembre de 1997, adaptada para la "Carta a los Asistentes" Carl Schafer OFM Con el año 1997 hemos llegado ya a la segunda fase de la preparación directa e inmediata del Jubileo del Año 2000. El Papa Juan Pablo II, en su Carta Apostólica Tertio millennio adveniente, como preparación del Jubileo, escribió para ese año: "Todo deberá mirar al objetivo prioritario del Jubileo que es el fortalecimiento de la fe y del testimonio de los cristianos. Es necesario suscitar en cada fiel un verdadero anhelo de santidad, un fuerte deseo de conversión y de renovación personal en un clima de oración cada vez más intensa y de solidaria acogida del prójimo, especialmente el más necesitado" (TMA 42). Quisiera aplicar específicamente a los franciscanos -religiosos y seglares, adultos y jóvenes- el programa trazado por el Papa. Trataré brevemente tres puntos muy importantes en la vida actual de los Franciscanos Seglares, de los miembros de la Juventud Franciscana y de los Asistentes/Animadores: la secularidad, la autonomía y la unidad. Incluiré algunas preguntas sobre cada punto, a las cuales podéis dar las respuestas adecuadas.
Más interesante que mi presentación,
creo, serán las discusiones y los trabajos en grupos, y
después el diálogo en el plenum.
La Jufra no es la OFS Ante todo quisiera indicar algunas diferencias entre la Orden Franciscana Seglar y el movimiento de la Juventud Franciscana. La pertenencia a la Orden Franciscana Seglar es permanente mientras que la pertenencia al movimiento de la Juventud Franciscana es temporal. Desgraciadamente no somos jóvenes toda la vida. Hay una edad máxima para los miembros de la Juventud Franciscana y hay una edad mínima para el Franciscano seglar profeso. Los Estatutos nacionales deben establecer estos límites. El Franciscano seglar ha hecho una opción vocacional adulta mientras que el miembro de la Juventud Franciscana está aún en camino vocacional. Todavía no ha tomado ninguna decisión vocacional adulta. Por eso, uno con veintiún años puede ser miembro de la Juventud Franciscana y otro de la misma edad puede hacerse Franciscano seglar. El primero no ha tomado todavía ninguna decisión vocacional adulta, el segundo ya la ha hecho. Un grupo o una Fraternidad de la Juventud Franciscana no es una Fraternidad juvenil de la Orden Franciscana Seglar. Pero se puede formar una Fraternidad local de la OFS compuesta por jóvenes, por ejemplo, en una Universidad. En la misma Universidad se puede formar un grupo de la Juventud Franciscana. Es claro que la formación de miembros de la Jufra será distinta de la formación de los Franciscanos seglares, según sus diversas necesidades.
Tratando ahora de la secularidad, la
autonomía y la unidad, veremos cómo estos puntos
se aplican a los Franciscanos seglares, a la Juventud Franciscana
y a sus Asistentes/Animadores. |
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(1) LA SECULARIDAD: El Santo Padre ha escrito en la Tertio millennio adveniente: "El esfuerzo de actualización sacramental mencionado anteriormente podrá ayudar, a lo largo del año 1997, al descubrimiento del Bautismo como fundamento de la existencia cristiana" (TMA 41). Precisamente mediante el Bautismo todos nosotros hemos sido iniciados en la vida cristiana en el mundo. En ese momento Dios nos llamó "al seguimiento de Cristo" (cf. Regla OFS 1) en la condición seglar, en la secularidad. Algunos de vosotros, todavía jóvenes, se sienten "atraídos por S. Francisco de Asís" (CG OFS 96.1) y "llamados por el Espíritu Santo a hacer en Fraternidad su experiencia de vida cristiana, a la luz del mensaje de S. Francisco, profundizando la propia vocación en el ámbito de la Orden Franciscana Seglar" (CG OFS, 96.2). Vuestra vocación, como miembros de la Juventud Franciscana, es la bautismal, es decir cristiana y seglar, con énfasis franciscano. Otros de entre vosotros ya han hecho una elección adulta vocacional, o seglar o religiosa, "tras las huellas de S. Francisco de Asís" (Regla OFS, 1). En el bautismo fuisteis "llamados al seguimiento de Cristo", como todos los cristianos pero, impulsados por el Espíritu Santo, añadisteis a la vocación cristiana un énfasis franciscano. Vosotros que sois seculares, laicos o clérigos, "impulsados por el Espíritu Santo a alcanzar la perfección de la caridad en su estado seglar, con la Profesión" os empeñáis "a vivir el Evangelio a la manera de S. Francisco" y mediante la Regla de la OFS (cf. Regla OFS, 2). Nosotros que somos religiosos franciscanos no somos seglares. Nos comprometemos con la Profesión religiosa a vivir el Evangelio al modo de S. Francisco y mediante la Regla de nuestra Orden religiosa. Ved cómo son diversas las vocaciones franciscanas. Formamos juntos una enorme Familia Franciscana. Hacemos presente el "carisma del común Seráfico Padre en la vida y en la misión de la Iglesia", pero "en maneras y formas diversas" (Regla OFS, 1). La vocación secular es diversa de la vocación religiosa. Los Franciscanos seglares y la Juventud Franciscana no deben comportarse como religiosos. Los frailes y las Hermanas Franciscanas no deben comportarse como seglares. Todas las vocaciones que vienen de Dios son santas y conducen a la santidad. Lo que importa es reconocer la propia vocación y seguirla fielmente. Esta es la razón de ser del movimiento de la Juventud Franciscana: ayudar a los jóvenes a discernir la propia vocación y guiarlos a hacer la voluntad de Dios respecto a ellos (cf. La JUFRA: camino de Vocación Franciscana, 14). Todos somos llamados desde el Bautismo a la santidad en el mundo, en las condiciones seglares, en la secularidad. La llamada a la santidad en la vida religiosa les llega a algunos más tarde.
Detengámonos ahora sobre la
secularidad. |
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La vocación seglar El Papa Pablo VI desarrolló la teología conciliar de la secularidad en su Exhortación apostólica sobre la Evangelización del Mundo Contemporáneo (Evangelii nuntiandi), de 1975. El Santo Padre escribió: "Los laicos, a los que su vocación específica coloca en medio del mundo y al frente de las más variadas tareas temporales, deben ejercitar con esto mismo una forma singular de evangelización. Su deber primario e inmediato es poner en práctica todas las posibilidades cristianas y evangélicas ocultas, pero ya presentes y operantes en las realidades del mundo. El campo propio de su forma de evangelización es tan ilimitado como el campo de los asuntos humanos y de la vida misma: el vasto y complicado mundo de la política, de la realidad social, de la economía; como también de la cultura, las ciencias y las artes, de la vida internacional, de los instrumentos de comunicación social, y de otras realidades...como el amor, la familia, la educación de los niños y de los adolescentes, el trabajo profesional, el sufrimiento" (EN 70). La Regla de la OFS de Pablo VI del año 1978, aunque no se refiera a la Exhortación, la sigue en los arts. 14-18: construir un mundo más fraterno; promover la justicia; valorar el trabajo como un don: vivir el espíritu franciscano en la familia; tener respeto hacia las demás criaturas, llevar la paz, la alegría y la esperanza.
Las Constituciones Generales de la
OFS de 1990 subrayan que los Franciscanos seglares deben ser evangelizados
antes mediante: el seguimiento de la propia vocación secular,
la conversión, las formación inicial y permanente,
la asistencia y la animación espiritual. Después,
deben evangelizar ellos mismos y los otros en la familia, en el
trabajo, en la sociedad secular y en la comunidad eclesial, tanto
en la Fraternidad local de la OFS como fuera de la OFS.
Papel del Asistente/Animador La Regla y las Constituciones Generales de la OFS se basan, naturalmente, en el Código de Derecho Canónico de la Iglesia Romana. Según el derecho canónico vigente, el Asistente espiritual es siempre un sacerdote, preferentemente franciscano. Por el contrario, el Animador/Animadora espiritual es una persona religiosa o seglar, pero no sacerdote. El Estatuto para la Asistencia espiritual y pastoral a la Orden Franciscana Seglar, publicado en 1992, resume todo el contenido de la Regla y de las Constituciones Generales en lo que se refiere a los Asistentes y Animadores. Es importante que los Superiores y los Asistentes lo estudien. A nivel de la Fraternidad local tanto de la OFS como de la Jufra, el papel del Animador/Animadora espiritual en el camino espiritual de los seglares es el mismo que el del Asistente espiritual, con la excepción de que el sacerdote puede ofrecer, además, un servicio sacramental, por ejemplo el de la Eucaristía y el de la Reconciliación. Las Constituciones Generales de la OFS dicen: "Es cometido particular del Asistente cooperar en la formación inicial y permanente de los hermanos (seglares)" (CG OFS 89.4).
En base a la Regla y las Constituciones
Generales de la OFS verificad vuestra experiencia:
(a) OFS Grupo 1: ¿Cuál
es la realidad y la imagen de la Orden Franciscana Seglar, que
vosotros vivís y demostráis? ¿Sois grupo de
espiritualidad privada o grupos de evangelizados y evangelizadores?
(sin abandonar la oración, la contemplación, la
liturgia).
(b) Asistentes de la OFS Grupo 1:
¿Qué tipo de formación dais a los Franciscanos
Seglares? ¿Una formación solamente devocional para
la vida personal y privada o una formación que conduce
al compromiso cristiano en la sociedad y en la Iglesia?
(c) Jufra Grupo 1: ¿Cuál
es la realidad y la imagen de la Juventud Franciscana que vosotros
vivís y demostráis? ¿Sois solamente un disco
para la diversión o un club deportivo, o sois grupos de
evangelizados y evangelizadores? (sin abandonar la diversión
y el deporte).
(d) Asistentes/Animadores de la JUFRA
Grupo 1: ¿Qué tipo de formación dais a
los jóvenes?: ¿Una formación solamente humana
mediante la diversión y el deporte, o una formación
que conduce al compromiso cristiano en la sociedad y en la Iglesia?
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(2) LA AUTONOMÍA: El Papa Juan Pablo II, en la Tertio millennio adveniente, cita al Concilio Vaticano II: "El Hijo de Dios con su encarnación se ha unido en cierto modo con todo hombre. Trabajó con manos de hombre, pensó con inteligencia de hombre, obró con voluntad de hombre, amó con corazón de hombre" (Gaudium et Spes, 22; TMA 4). Para mí, esto quiere decir que Jesucristo ha obrado con la autonomía propia del hombre. Llego a la conclusión de que ha de respetarse la autonomía debida a cada uno de nosotros y a nuestras Fraternidades. Pensando en la autonomía de cada uno de los miembros de la Familia Franciscana "en recíproca comunión vital" (Regla OFS, 1), veo obstáculos para la autonomía de la Orden Franciscana Seglar y más aún para la autonomía de la Juventud Franciscana. Según la legislación de la Regla y las Constituciones Generales, la OFS es autónoma porque es una Orden única dirigida por responsables seglares elegidos y financiada por los miembros profesos. La clave de la unidad de la OFS es la Fraternidad regional. Las Constituciones Generales la definen así: "la unión orgánica de todas las Fraternidades locales existentes en un territorio o que puedan integrarse en una unidad natural... Asegura la vinculación entre las Fraternidades locales y la nacional, en el respeto por la unidad de la OFS y con la integración colegiada de las diversas Obediencias franciscanas que eventualmente cuidan la asistencia espiritual en el área" (CG 61). Más adelante hablaremos también de la unidad de la OFS unitaria. Respecto a la dirección interna de la OFS, las Constituciones Generales dicen: "La Fraternidad local es animada y guiada por un Ministro y por un Consejo elegidos por los miembros profesos de la Fraternidad" (CG 49.1). El Consejo de la Fraternidad local está formado por los siguiente oficios: Ministro, Vice-Ministro, Secretario, Tesorero y Responsable de la formación" (CG 49.2).
La Regla establece la financiación
de la Orden y las Constituciones Generales lo repiten: "Todos
los hermanos y hermanas ofrezcan una contribución proporcionada
a las posibilidades de cada uno, para sufragar los gastos necesarios
de la vida de la Fraternidad o para obras de culto, de apostolado
y de caridad. Las fraternidades locales, procuren contribuir al
pago de los gastos del Consejo de la Fraternidad de nivel superior"
(Regla OFS 25, cf. CG OFS 30.3). |
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Obstáculos a la autonomía
Así de claro establece la ley la autonomía de la Orden Franciscana Seglar. De hecho, la OFS no será autónoma hasta que: no esté unida como una Orden única en cada Fraternidad regional y nacional; los Consejos de los diversos niveles no sean capaces de gobernar las correspondientes Fraternidades; no sea autosuficiente financieramente. Esas condiciones exigen: la superación de las divisiones obedienciales de la Tercera Orden Franciscana seglar introducidas por las Ordenes de los frailes a lo largo de la historia; la independencia de los frailes en la dirección interna de las Fraternidades; la independencia financiera. Lo que se ha dicho respecto a la autonomía vale también para la Juventud Franciscana pero el tema es más problemático. El modelo de Estatutos nacionales de la Jufra, 35, dice: "La Fraternidad local es animada y guiada por un Consejo que consiste del Presidente, del Vice-Presidente y de al menos un Consejero, elegidos ... por la Asamblea local... Además, son miembros del Consejo el Representante de la OFS y el Animador o Asistente espiritual". La OFS "se siente particularmente responsable" de la Jufra. "La asistencia fraterna de la Jufra está confiada a la OFS" (Estat. Nac. Jufra, 4). Me parece que la Jufra tiene más dificultades que la OFS para alcanzar la debida autonomía. No sólo los Animadores y Asistentes sino también los Franciscanos Seglares comprometidos con la Jufra deben ser muy sensibles para no tomar en el Consejo la dirección de la Fraternidad. Los documentos de la Jufra procedentes de la Presidencia del Consejo Internacional de la OFS de 1995 no dicen nada sobre los medios para financiar a la Jufra. La Jufra, Camino de vocación franciscana, 20, repite las Constituciones Generales de la OFS, 97.1: "La OFS buscará los medios más oportunos para promover la vitalidad y la difusión de la Jufra; estará al lado de los jóvenes para alentarlos y les proporcionará los medios que puedan ayudarles a progresar en su camino de crecimiento humano y espiritual". Los siguientes números, 21 al 24, especifican los "medios más oportunos" sin hacer ninguna mención a los medios financieros. Obviamente, la OFS no se considera responsable de la situación financiera de la Jufra. ¿A quién dirigirse? ¿A los frailes? ¡No! hay que crear sus propios medios, incluso para alcanzar el debido grado de autonomía.
El modelo de Estatutos nacionales
de la Jufra, 51, define al Tesorero que "administra y
lleva el inventario de los medios materiales y financieros y da
cuenta de su administración al Consejo. Junto con el Presidente
firma los documentos económicos de la Fraternidad".
Qué buen Tesorero, autónomo también, pero
¿dónde se encuentran los medios financieros? |
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Papel de los Asistentes/Animadores
Dada la responsabilidad por el altius moderamen (es decir por una cierta dirección externa de la OFS) que la Sede Apostólica impone a las cuatro órdenes religiosas, los frailes difícilmente pueden evitar el convertirse en "Directores" de las Fraternidades, como lo eran según la ley antes de 1978. No es fácil insertarse en el Consejo de la Fraternidad como "Asistente espiritual", de acuerdo con la nueva legislación y en el nuevo espíritu de colaboración con los laicos, "dándoles la prioridad en la guía, coordinación y animación de la Fraternidad" (Estat. Asist. 10). El reconocimiento de la responsabilidad que compete a los seglares no debe transformarse en la actitud pasiva del "dejar hacer", sino que debe ser una actitud activa: promover y colaborar para que los seglares realicen su vocación y su propia misión.
Según las Constituciones Generales
de la OFS: "El Asistente espiritual es miembro del Consejo
de la Fraternidad en la que presta la asistencia y colabora con
él en todas sus actividades" (CG OFS 89.4).
"El Asistente espiritual no ejerce el derecho de voto en
las cuestiones económicas" (CG OFS 89.5). Añado
algunas preguntas para la discusión:
(a) OFS Grupo 2: ¿Qué
se puede hacer para que los responsables seglares de las Fraternidades
locales de la OFS sean formados y capaces de animar y guiar a
las Fraternidades? (Por ej., ¿existe la posibilidad de una
formación especializada para los responsables?). ¿Cómo
pueden los miembros asegurar los medios financieros?
(b) Jufra Grupo 2: ¿Qué
se puede hacer para que los responsables seglares de los grupos
de la Juventud Franciscana sean formados y capaces de animar y
guiar a los grupos? (Por ej., ¿existe la posibilidad de una
formación especializada para los responsables?). ¿Cómo
pueden los miembros asegurar los medios financieros?
(c) Asistentes de la OFS Grupo 2:
En la formación inicial y permanente de los frailes de
la Provincia, ¿se puede dedicar un espacio al conocimiento
y a la asistencia a la OFS y a la Jufra? ¿Se ha divulgado
y aplicado el documento publicado en 1992: Indicaciones para
la formación de los frailes en el conocimiento y la asistencia
de la OFS?
(d) Asistentes/Animadores de la Jufra
Grupo 2: ¿Qué se puede hacer para que los Asistentes
y los Animadores/Animadoras sean idóneos y preparados para
asistir espiritualmente a los Consejos de las Fraternidades de
la OFS y de los grupos de la Jufra en vez de dirigir desde el
primer puesto? (Por ej. una Jornada anual de formación
de los Asistentes y Animadores/Animadoras; el estudio del Estatuto
para la Asistencia; la lectura de la Carta a los Asistentes
y Koinonia). |
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(3) LA UNIDAD:
De 1994 a 1996, en el curso de la primera fase de la preparación para el Jubileo del 2000, la Sede Apostólica ha enumerado entre los pecados que exigen un mayor compromiso de penitencia y de conversión la falta de unidad, querida por Dios para su pueblo (TMA, 34). El Santo Padre escribió en su carta apostólica: "La Iglesia debe dirigirse con una súplica más sentida al Espíritu Santo implorando de Él la gracia de la unidad de los cristianos" (TMA 34). Al segundo milenio cristiano le ha faltado no sólo la unidad de los cristianos sino también la unidad de los franciscanos. Actualmente, con la aprobación de la Sede Apostólica, los frailes están estructurados en cuatro órdenes distintas. Por el contrario, con la Regla de 1978 y las Constituciones Generales de 1990, los Franciscanos seglares constituyen una única Orden Franciscana Seglar, estructurada en Fraternidades locales, regionales, nacionales e internacional, independientemente de las Provincias de los frailes. Por desgracia, al menos seis naciones no han conseguido todavía la unidad de la Orden Franciscana Seglar a través de las Fraternidades regionales unitarias. Más importante que la unidad de las estructuras es la unidad del espíritu. En efecto, se debe construir la unidad estructural sobre la unidad espiritual de las mentes y de los corazones. De lo contrario la unidad es ficticia y la unidad estructural es una imposición. La unidad de las estructuras sigue automáticamente a la unidad espiritual porque el espíritu crea las estructuras más adaptadas para expresarse. Ha escrito el Santo Padre: "Sin embargo, todos somos conscientes de que el logro de esta meta (la unidad) no puede ser sólo fruto de esfuerzos humanos, aun siendo éstos indispensables. La unidad, en definitiva, es un don del Espíritu Santo... Hay que esforzarse más en la oración ecuménica" (TMA, 34).
He aquí, pues, una de las tareas
más comprometedoras de la OFS y de la Jufra encaminadas
hacia el año 2000: Si no del todo unidos por el Jubileo,
estad al menos mucho más próximos a superar las
divisiones del segundo milenio. Para ello yo plantearía
algunas preguntas al respecto: (a) OFS Grupo 3: ¿Qué podemos hacer los Franciscanos seglares para formar las Fraternidades regionales unitarias de la OFS en vez de continuar con las Fraternidades provinciales obedienciales? (Por ej. ¿Cómo se puede promover la unidad del espíritu entre las diversas Fraternidades locales asistidas por varias órdenes de frailes? ¿Se reconocen ellas, se encuentran, colaboran?).
(b) Asistentes de la OFS Grupo 3:
¿Qué pueden hacer los Asistentes espirituales de
la OFS para formar las Fraternidades regionales unitarias de la
OFS en vez de continuar con las Fraternidades provinciales obedienciales?
(Por ej. Colaborar más estrechamente con las otras Órdenes
de frailes; formar las Conferencias de Asistentes regionales;
tomar colegialmente las decisiones relativas a la OFS).
(c) Jufra Grupo 3: ¿Qué
pueden hacer los miembros de la Juventud Franciscana para construir
un movimiento nacional unitario "en el ámbito de la
OFS" (CG OFS 96.2) en vez de una Jufra basada en una
Provincia particular de frailes? (Por ej., ¿existen en la
nación otras Fraternidades locales de la Jufra asistidas
por otras Provincias OFM o por otras Órdenes de frailes
o animadas por Hermanas? ¿Cómo se puede promover la
unidad del espíritu entre ellas? ¿Se reconocen, se
encuentran, colaboran? (d) Asistentes/Animadores de la Jufra Grupo 3: ¿Qué pueden hacer los Asistentes espirituales y los Animadores/Animadoras de la Juventud Franciscana para construir un movimiento nacional unitario "de la cual la OFS se siente particularmente responsable" (CG OFS 96.2) en vez de una Juventud Franciscana basada sobre las Provincias particulares de los frailes o sobre los Institutos de las Hermanas? (Por ej., colaborar más estrechamente con los Consejos de la OFS, con las otras Provincias OFM, con las otras Órdenes de frailes y con los otros Institutos de las Hermanas Franciscanas; tomar colegialmente las decisiones relativas a la Jufra).
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