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Encuentro entre el Ministros general, Definitorio con los Visitadores generales 2015

18 Noviembre 2015
Inicio esta semana en la Curia general el Encuentro 2015 entre el Ministros general OFM y su Definitorio con los Visitadores generales. La Visita canónica está regulada por el Código de Derecho Canónico, por nuestras Constituciones y Estatutos generales, por los Estatutos para la Visita Canónica y Presidencia del Capítulo provincial, así como por otros documentos de la Iglesia. Es al Ministro a quien corresponde realizar la Visita Canónica, personalmente o por medio de Delegados (cf. EEVC 1). Durante la Visita canónica, el Visitador “representa al Ministro y actúa en su nombre” (EEVC 8 §1). Aun cuando tenga connotaciones jurídicas particulares, sin embargo, la Visita canónica ha de realizarse dentro del espíritu que Francisco indica para la visita a los hermanos. La intervención del Ministro general: [attachments size=small fields="caption" target=1 docid="9825,9824,9823"] [gallery link="file" ids="9826,9827,9828,9829,9830,9831,9832,9833,9836,9834,9835,9837"]
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Definitorio General
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